04 agosto 2014

Impuesto a las operaciones financieras

Hola de nuevo, en esta ocasión quiero compartirles algo sobre el nuevo impuesto a las operaciones financieras que finalmente se ha aprobado.

El impuesto a las operaciones financieras será del 0.25% sobre los pagos que estén arriba de $1,000.00 que se hagan  ya sea con tarjeta de débito, con cheque o en transferencia electrónica; inicialmente el Ministerio de Hacienda propuso que el impuesto se aplicara en operaciones superiores a los $750.00 en adelante, sin embargo la Asamblea Legislativa subió este límite, y lo pasó a $1,000.00


El nuevo impuesto de 0.25% también aplicará a los desembolsos de créditos. Por ejemplo, si un banco desembolsa un crédito de $75,000, pagará $187.50 de impuesto, asimismo las operaciones realizadas entre bancos también pagarán este gravamen (De mi parte estoy muy contento que al fin les cobren algo a los bancos ya que siempre han estado protegidos)....

Adicionalmente, estarán gravados con este impuesto de 0.25% los desembolsos de créditos arriba de $50,000. Este impuesto lo pagará la institución financiera que lo otorgue.

Exensiones:

A pesar que el nuevo impuesto aumentará los costos de las operaciones, no todo es tragedia, ya que el decreto incluye varias exenciones. Este impuesto del 0.25% NO aplicará en los siguientes casos:

  • Cuando retires dinero de tu propia cuenta de depósitos, ya sea en el banco o en el cajero automático.
  • A los pagos inferiores a $1,000.00
  • Los pagos con tarjeta de crédito ni los abonos a la tarjeta de crédito.
  • Las remesas familiares que recibes desde el exterior.
  • Están exentos los pagos de seguridad social y previsional, es decir, del ISSS y de las AFP.
  • Tampoco aplica a los pagos hechos por el Estado, municipalidades, autónomas, misiones diplomáticas, organismos internacionales.
  • Están exentos los pagos hechos por los fondos de pensiones y por los usuarios de zonas francas y parques de servicios.
  • También están exentos los pagos de salarios cuando se hagan con cuenta planillera o cheque emitido desde una cuenta especial del empleador para pagar al trabajador.
  • No aplica a los abonos que se hagan a créditos contratados en el país, pero sí se aplicará el impuesto a los pagos que se hagan desde acá a créditos originados en el exterior, para ser usados en el país.
  • Están exentos del impuesto los desembolsos de créditos abajo de $50,000 cuando sean para microempresas, agro o compra de viviendas. También están exentos los créditos personales o de consumo que estén abajo de los $10,000.
  • En caso de refinanciamiento, está exento del impuesto el saldo a cancelar del préstamos anterior, y solo aplicaría al desembolso neto.
  • Están exentos los pagos por los servicios de energía eléctrica o agua. 
  • Para el caso de los bancos constituyen algo que se denomina reserva de liquidez, esta tampoco pagará el nuevo impuesto.
  • Si tienes varias cuentas de ahorro y se hace transferencias entre ellas, esto tampoco pagará el impuesto, sin importar el monto.
  • Están exentas las operaciones en el mercado primario de la Bolsa de Valores, es decir, cuando se emita un título valor por primera vez.
  • El impuesto sí aplicará al mercado secundario y los reportes, que son la mayoría de transacciones en la Bolsa de Valores del país.
  • Los pagos por primas de seguros estarán exentos siempre que sean de menos de $1,000.
  • Tampoco pagarán el impuesto las remesas en concepto de pago por bienes exportados, o repatriación de capital y utilidades.

Control de liquidez

Por otra parte, también se ha creado el "impuesto a la liquidez", la denominada "Retención de impuesto para el control de la liquidez". Esta retención va dirigida a los grandes comerciantes del sector informal.

La idea de Hacienda es aplicarles una retención por los depósitos y/o retiros en efectivo en bancos y otras entidades financieras: se aplicará una retención del 0.25 % a los depósitos y retiros que de forma individual o acumulada en el mes superen los $5,000.00

Por ejemplo, si alguien realiza movimientos por $7,000.00 en el mes, entonces le tocará pagar 0.25 % sobre el exceso, osea sobre los $2,000.00 que exceden los $5,000.00 por tanto tocaría cancela un monto de $5.00 en concepto de impuesto.

A la gente que se le aplique esta retención del 0.25 %, los bancos les entregarán cada mes un comprobante de retención. Con estos comprobantes, las personas podrán abonar el monto retenido al pago de impuestos como IVA o renta. Pero si alguien está en el sector informal, no podrá acreditar esta retención, y este dinero quedará como impuesto definitivo.


Impuesto sobre la renta

De esta retención del 1 % de la renta están exentas las personas naturales que dependan únicamente de salarios.

Los diputados también reformaron la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), y se estableció un pago mínimo del impuesto sobre la renta con una retención del 1 % sobre la base del activo neto de las empresas. En la Ley del ISR actual, el pago mínimo del 1 % era sobre las rentas obtenidas, esto se cambia ya que anteriormente se había calculado sobre la base de los ingresos obtenidos.

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