04 marzo 2011

Pequeñas y Medianas Entidades

Qué es una Pequeña o Mediana Entidad de acuerdo al IASB?

Las pequeñas y medianas entidades son entidades que: 
(a) no tienen obligación pública de rendir cuentas, y 
(b) publican estados financieros con propósito de información general para usuarios externos. Son ejemplos de usuarios externos los propietarios que no están implicados en la gestión del negocio, los  acreedores actuales o potenciales y las agencias de calificación crediticia.
La NIIF para las PYMES tiene como objeto aplicarse a los estados financieros con propósito de información general y a otra información financiera de aquellas entidades con ánimo de lucro que no tienen una obligación pública de rendir cuentas



Ejemplos: estados financieros con propósito de información general 
Ejemplo 1 Una entidad que no tiene obligación pública de rendir cuentas de forma voluntaria (es decir, no se le exige hacerlo) prepara sus estados financieros de acuerdo con los requerimientos de la NIIF para las PYMES. La entidad envía sus estados financieros a sus principales proveedores, banqueros y propietarios que no son administradores. La entidad efectúa en las notas una declaración explícita y sin reservas de cumplimiento con la NIIF para las PYMES.

Los estados financieros de la entidad son estados financieros con propósito de información general; los estados financieros se preparan sobre una base (la NIIF para las PYMES) que está diseñada para brindar información útil a una amplia gama de usuarios que no están en condiciones de exigir informes a la medida de sus necesidades específicas de información.

Ejemplo 2 Una entidad que no tiene obligación pública de rendir cuentas prepara sus estados financieros en función de los PCGA de la jurisdicción en la que opera. Los PCGA locales constituyen lo mismo que la NIIF para las PYMES, excepto que difieren en su denominación. La entidad envía sus estados financieros a sus principales proveedores, banqueros y autoridades fiscales. La entidad efectúa en las notas una declaración explícita y sin reservas de cumplimiento con los PCGA.

Los estados financieros de la entidad son estados financieros con propósito de información general; los estados financieros se preparan sobre una base (los PCGA constituyen lo mismo que la NIIF para las PYMES) que está diseñada para brindar información útil a una amplia gama de usuarios que no están en condiciones de exigir informes a la medida de sus necesidades específicas de información.

Pero, Cómo saber si mi empresa tiene obligación de rendir cuentas?


Una entidad tiene obligación pública de rendir cuentas si: 
(a) sus instrumentos de deuda o de patrimonio se negocian en un mercado público o están en proceso de emitir  estos instrumentos para negociarse en un mercado público (ya sea una bolsa de valores nacional o extranjera, o un mercado fuera de la bolsa de valores, incluyendo mercados locales o regionales), o
(b) una de sus principales actividades es mantener activos en calidad de fiduciaria para un amplio grupo de terceros. Este suele ser el caso de los bancos, las cooperativas de crédito, las compañías de seguros, los  intermediarios de bolsa, los fondos de inversión y los bancos de inversión.
Las PYMES a menudo elaboran estados financieros solo para un propósito específico: el uso de los propietarios-gerentes, o para información fiscal o para el cumplimiento de otros propósitos reguladores no relacionados con el registro de títulos valores. Los estados financieros producidos únicamente para los citados propósitos no son necesariamente estados financieros con propósito de información general.



Ejemplos: obligación pública de rendir cuentas
Ejemplo 1 Una entidad opera dos negocios desde sus instalaciones: servicios bancarios y venta de ropa al por menor. Su operación bancaria toma depósito del público en general a cambio de una promesa de pagar al cliente el capital más un beneficio del 2 por ciento del monto depositado 90 días después de haber recibido el efectivo (depósito) por parte del cliente. La entidad utiliza fondos generados en su operación bancaria para financiar parcialmente sus operaciones de venta de ropa al por menor.

La entidad tiene obligación pública de rendir cuentas. A través de su operación bancaria (negocio principal), la entidad mantiene activos en calidad de fiduciaria para un amplio grupo de terceros (sus clientes bancarios).

Ejemplo 2 Las acciones de una entidad no se cotizan en una bolsa de valores, pero sí se negocian en un "mercado no organizado", y éste está sujeto a regulaciones gubernamentales, aunque en un grado menor que en el caso de la bolsa de valores.  La entidad tiene obligación pública de rendir cuentas; sus acciones se cotizan en un mercado público. El mercado no organizado regulado es un mercado público de capital.

Ejemplos: sin obligación pública de rendir cuentas

Ejemplo 1 El único negocio de una entidad es percibir intereses sobre el dinero que les presta a sus clientes. La entidad obtiene todos sus fondos directamente de sus dos propietarios-gerentes, quienes son multimillonarios (es decir, la entidad no toma depósitos de los clientes).

La entidad no tiene obligación pública de rendir cuentas: sus instrumentos no se negocian en el mercado público y no mantiene activos en calidad de fiduciaria para un amplio grupo de terceros. El negocio de prestar dinero al público en general no genera por sí mismo obligación pública de rendir cuentas. Nota: Los bancos suelen tener obligación pública de rendir cuentas debido a sus actividades de toma de depósitos más que por sus actividades de préstamo. La entidad en este ejemplo no toma depósitos de un amplio grupo de terceros; mantiene activos solo para sus dos propietarios-gerentes.

Ejemplo 2 Las acciones ordinarias de la controladora de una entidad se negocian en una bolsa de valores.
El hecho de que las acciones ordinarias de la controladora de una entidad se negocien en una bolsa de valores no hace, por sí mismo, que la entidad (es decir, la subsidiaria) tenga obligación pública de rendir cuentas.
Si una entidad que tiene obligación pública de rendir  cuentas utiliza las NIIF PYMES, sus estados financieros no se describirán como en conformidad con la NIIF para las PYMES, aunque la legislación o regulación de la jurisdicción permita o requiera que esta NIIF se utilice por entidades con obligación pública de rendir cuentas. 
Las PYMES deberían evaluar si cumplen las condiciones para usar la NIIF para las PYMES a partir de sus propias circunstancias, incluso si también presentan la información financiera conforme a las NIIF completas a una entidad controladora, participante o inversora.

Estimaciones Significativas y Otros Juicios:
Una entidad que tiene obligación pública de rendir cuentas no debe aducir cumplimiento con la NIIF para las PYMES. En la mayoría de los casos, se presentan pocas dificultades para determinar si una entidad tiene obligación pública de rendir cuentas. Sin embargo, en ciertos casos puede ser difícil determinar si las razones por las que una entidad mantiene activos en calidad de fiduciaria para un amplio grupo de terceros son accesorias al negocio principal de la entidad.

Comparación con las NIIF Plenas (Completas):
Las NIIF completas están diseñadas para ser aplicadas en los estados financieros con propósito de información general, así como en otras informaciones financieras, de todas las entidades con ánimo de lucro. La NIIF para las PYMES tiene como objeto aplicarse a los estados financieros con propósito de información general solo de aquellas entidades que no tienen obligación pública de rendir cuentas.

Descargar material Modulo 1 en el siguiente Enlace: Pequeñas y Medianas Entidades

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